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Capitulo lll - DEFINICIONES

3.1. Alcance de las definiciones

Para efectos de la interpretación y aplicación de los presentes Términos y Condiciones, las siguientes expresiones tendrán el significado que se les atribuye a continuación, independientemente de que sean utilizadas en singular o plural.

3.2. RED ROUTE

RED ROUTE es la marca comercial mediante la cual se diseñan, coordinan y comercializan experiencias de viaje estructuradas bajo criterios de protección ambiental, respeto por el patrimonio natural y cultural, seguridad operativa y planificación responsable del turismo.

Cuando en este documento se haga referencia a "RED ROUTE", se entenderá comprendida la sociedad operadora legalmente constituida, sus representantes, colaboradores, operadores aliados y demás personas autorizadas para la prestación de los servicios turísticos.

3.3. Experiencia RED ROUTE

Se entiende por Experiencia RED ROUTE el conjunto organizado de actividades, recorridos, servicios turísticos, alojamientos, transportes, operadores, visitas, encuentros culturales y demás componentes que conforman un itinerario previamente diseñado por RED ROUTE.

Cada experiencia constituye una unidad operativa independiente y podrá estar sujeta a condiciones específicas adicionales.

3.4. Ruta

Es el itinerario técnico previamente diseñado por RED ROUTE para desarrollar una experiencia determinada.

Una ruta comprende los recorridos autorizados, tiempos de permanencia, actividades permitidas, operadores participantes, protocolos de seguridad y demás elementos necesarios para garantizar el adecuado desarrollo de la experiencia.

Las rutas podrán ser modificadas cuando existan razones operativas, ambientales, climáticas, culturales o de seguridad.

3.5. Territorio

Se entiende por territorio el conjunto de ecosistemas, paisajes, áreas protegidas, bienes naturales, espacios culturales, comunidades, patrimonio material e inmaterial y demás elementos que conforman el entorno donde se desarrolla una experiencia RED ROUTE.

El territorio constituye el principal sujeto de protección dentro del modelo operativo de RED ROUTE.

3.6. Ecosistema

Conjunto dinámico de organismos vivos, elementos físicos y procesos naturales que interactúan entre sí dentro de un espacio determinado.

Para efectos de estos Términos y Condiciones, los ecosistemas podrán comprender ambientes terrestres, marinos, costeros, fluviales, lacustres, insulares, de alta montaña, cavernas y cualquier otro entorno natural donde opere RED ROUTE.

3.7. Comunidad Local

Grupo humano, organización, pueblo indígena, comunidad afrodescendiente, campesina, raizal, palenquera o cualquier otra población residente o vinculada históricamente al territorio donde se desarrolla una experiencia.

Las comunidades locales participan como actores legítimos del territorio y no como elementos recreativos o de entretenimiento para los viajeros.

3.8. Operador Aliado

Persona natural o jurídica previamente seleccionada por RED ROUTE para prestar alguno de los servicios que integran una experiencia turística.

Los operadores aliados podrán prestar, entre otros, servicios de transporte, alojamiento, alimentación, interpretación ambiental, actividades especializadas, logística y demás servicios complementarios.

3.9. Viajero

Persona natural que adquiere, participa o disfruta cualquiera de las experiencias ofrecidas por RED ROUTE.

El viajero acepta voluntariamente cumplir los presentes Términos y Condiciones, así como las instrucciones impartidas por RED ROUTTE, sus colaboradores y operadores autorizados.

3.10. Expedición

Modalidad de experiencia desarrollada en entornos naturales o culturales que, por sus características técnicas, logísticas o geográficas, requiere una planificación especial, protocolos adicionales de seguridad y condiciones particulares de participación.

Las expediciones podrán implicar niveles variables de exigencia física, aislamiento geográfico, condiciones climáticas cambiantes o acceso limitado a infraestructura.

3.11. Patrimonio Natural

Conjunto de ecosistemas, especies de fauna y flora, paisajes, formaciones geológicas, recursos hídricos y demás elementos naturales cuya conservación resulta esencial por su valor ecológico, científico, paisajístico o cultural.

3.12. Patrimonio Cultural

Conjunto de bienes materiales e inmateriales, expresiones culturales, conocimientos tradicionales, manifestaciones artísticas, sitios arqueológicos, prácticas ancestrales y demás elementos que hacen parte de la identidad de las comunidades y territorios visitados.

3.13. Área Sensible

Espacio natural o cultural cuya fragilidad ecológica, biológica, arqueológica o social requiere medidas especiales de protección.

Las áreas sensibles podrán estar sujetas a restricciones de acceso, permanencia, fotografía, tránsito o cualquier otra limitación establecida por RED ROUTE o por las autoridades competentes.

3.14. Temporada Operativa

Período del año durante el cual una experiencia puede desarrollarse conforme a criterios ambientales, climáticos, biológicos, logísticos o de seguridad previamente establecidos por RED ROUTE.

3.15. Fuerza Mayor

Acontecimiento imprevisible, irresistible o ajeno al control razonable de RED ROUTE que imposibilite total o parcialmente la ejecución de una experiencia, incluyendo, entre otros, fenómenos naturales, emergencias sanitarias, conflictos sociales, restricciones gubernamentales, cierres de áreas protegidas, desastres naturales o situaciones que comprometan la seguridad de las personas o la conservación del territorio.

3.16. Conservación

Conjunto de acciones, decisiones, protocolos y medidas destinadas a proteger la integridad de los ecosistemas, la biodiversidad, el patrimonio natural, las comunidades locales y los valores culturales presentes en los territorios donde opera RED ROUTE.

Dentro del modelo operativo de RED ROUTE, la conservación constituye un criterio transversal que orienta la planificación, ejecución y evaluación de todas las experiencias.

3.17. Principio de Protección del Territorio

Principio institucional según el cual la integridad de los ecosistemas, las comunidades y el patrimonio natural y cultural prevalece sobre cualquier interés económico, recreativo o individual derivado de la operación turística.

Este principio orienta todas las decisiones adoptadas por RED ROUTE y constituye uno de los fundamentos esenciales de la relación contractual con el viajero.


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